Durante la declaración de impuestos, el modelo 347 es el trámite obligatorio que deben cumplir los clientes y proveedores con importes totales mayores de 3.005,06€. El proceso se realiza a través del sistema online en la página oficial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Es un requisito que deben presentar las personas físicas y jurídicas, tanto del sector público como del privado con actividades económicas que superan 3.005,06€ del año que declaran y cuyas facturas no presentan retención

De este grupo, están excluidos los autónomos con facturas con retención o que sus clientes o proveedores sean intracomunitarios. Así como también las empresas que no tienen su sede dentro del territorio nacional, los declarantes en atribución de rentas que tributan al IRPF por estimación objetiva y otras excepciones establecidas en la ley.  

¿Cuándo y cómo se presenta el modelo 347?

El modelo 347 se tiene que presentar hasta febrero del siguiente año. El proceso a través del sistema digital es muy simple, a través de los siguientes pasos. 

  1. Ir a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y buscar la pestaña “Presentación del modelo 347” y seleccionar el apartado “Declaraciones Informativas”. En el listado, elegir el enlace “Presentación (hasta 40.000 registros)”.  
  2. Se abre la ventana en la que se pide el NIF. Se puede escribir o presionar la opción “Importar” para cargarlo desde el ordenador. 
  3. Los datos se importan y aparece el mensaje “Campo actualizado: número identificativo de la declaración“. Hacer clic en “Validar” y aparece el mensaje “No existen errores”. 
  4. Revisar en la sección “Apartados” en la ventana “Declarados” la lista con los proveedores y clientes, con sus respectivos datos e importes declarados. 

Hay que destacar que este trámite es obligatorio y gratuito. Se puede hacer desde la comodidad del PC.  

Si necesitas ayuda para preparar o presentar tu modelo 347, contacta con nosotros y te ayudaremos.

SOLICITA REUNIÓN GRATIS